Normas Técnicas Complementarias para el Proyecto Arquitectónico 2024
El pasado 12 de diciembre de 2024 se expidió en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el acuerdo mediante el cual se actualiza la Norma Técnica Complementaria para el Proyecto Arquitectónico del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, reformado en 2022, documento que dejará sin efecto a la versión de 2011, incluyendo las reformas efectuadas en 2017 en materia de cajones de estacionamiento.
De este modo, con la actualización que entrará en vigor en junio de 2025, se atenderá lo previsto en el Artículo 74 del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal; además serán el sustento para satisfacer lo dispuesto en las siguientes leyes:
- Ley de la Accesibilidad para la Ciudad de México
- Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de México
- Ley de Movilidad de la Ciudad de México
- Ley del Derecho al Acceso, Disposición y Saneamiento del Agua de la Ciudad de México
- Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres de la Ciudad de México
- Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal
- Ley Ambiental de la Ciudad de México
- Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil
- Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
- Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
- Ley de Patrimonio Cultural, Natural y Biocultural de la Ciudad de México
- Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público
- Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable de la Ciudad de México.
A continuación se presenta una descripción y un resumen de las modificaciones y adecuaciones más importantes, con la intención de ser una guía introductoria a esta actualización.
Pie de Plano/Israel Hernández Ortega
17 dic, 2024
Estas NTC para el proyecto son de los principales fundamentos para el diseño arquitectónico, toda vez que en ellas se establecen las medidas mínimas que deben tener cada una de las áreas o locales que conforman al inmueble, tales como: anchos de pasillos, puertas, alturas libres, cantidad de muebles sanitarios, características de las rampas, o requisitos de iluminación natural y artificial, entre otros aspectos más.
De acuerdo con las referidas normas, su objetivo principal es:
“fijar los requisitos mínimos para el diseño, construcción y operación de las obras e instalaciones de edificación en la Ciudad de México, para garantizar condiciones de habitabilidad, funcionamiento, movilidad, acceso al agua, higiene, igualdad sustantiva, acondicionamiento ambiental, sustentabilidad, eficiencia energética, comunicación, seguridad en emergencias, seguridad estructural, integración al contexto e imagen urbana; así como para prever las condiciones, elementos y dispositivos de apoyo para diversos grupos de la sociedad como: personas con discapacidad, menores, gestantes, lactantes, adultos mayores, y personas de talla baja, considerando los conceptos de accesibilidad y diseño universal.”
Normas Técnicas Complementarias para el Proyecto Arquitectónico, 2024
La versión 2024 de la Norma Técnica Complementaria para el Proyecto Arquitectónico consta de dos secciones generales; en la primera contiene un glosario, objetivo, campos de aplicación y diversas referencias normativas, además de la clasificación de las edificaciones por ocupación.
La sección segunda se conforma por siete capítulos, y es donde se abordan los aspectos técnicos de diseño que deben tener los inmuebles que pretendan construirse dentro de la Ciudad de México. De estos, se presenta a continuación un resumen de los primeros tres apartados, pues son los de mayor utilidad para estudiantes de carreras afines a la arquitectura.
De la sección primera sólo se incluye la terminología, con el fin de ser un material de consulta y facilitar así la comprensión de las normas.
Terminología
Se ampliaron de 27 a poco más de 51 definiciones acordes con el contexto actual, como “área de protección”, “guía táctil”, “háptico”, “lactario” o “pavimento podotáctil”, entre otros más de acuerdo con los conceptos de inclusión y accesibilidad.
Da clic aquí para revisar la terminología
Sección segunda
Dentro del primer capítulo de esta actualización destaca la incorporación del apartado: “Consideraciones del proyecto”, el cual incluye las condiciones de regularidad e irregularidad de una estructura, pues como consecuencia de los sismos de 2017 y de acuerdo con lo señalado en las propias normas, más del 70% de los edificios rehabilitados en la Ciudad de México tenían una estructura irregular y muy irregular, generándoles daños moderados y graves.
Del mismo modo, se hace énfasis en revisar los efectos del viento, sobre todo en las cubiertas altas, ligeras y deformables, entre otras.
Si bien estos temas se ahondan en las respectivas normas para diseño por sismo y viento, es importante no perder de vista que de la estructura depende la estabilidad de cualquier proyecto, sea casa habitación de un solo nivel o un edificio de varios niveles de altura, por ello no debe hacerse a un lado dentro del proceso de diseño.
Capítulo I. Consideraciones del proyecto
Fachadas
Puertas, ventanas y dispositivos de seguridad
Se adiciona la restricción de ventanas y puertas, incluidas las de acceso vehicular, respecto a que no podrán invadir la vía pública durante su funcionamiento; por ejemplo, en caso de ser abatibles deberán abrir hacia adentro del inmueble.
Por otro lado, las cámaras de seguridad ubicadas a una altura menor de 2.50m sobre el nivel de banqueta podrán sobresalir del alineamiento hasta 10 centímetros; o bien, 15cm si se localizan a una altura mayor.

Cajones de estacionamiento para personas con discapacidad
Las medidas mínimas del cajón (2.50m X 5.00M) y las de las áreas de circulación peatonal de 1.40m indicadas en la versión de 2011 se conservan vigentes. Se adiciona la necesidad de contar con topes separados 0.70m mínimo del borde frontal del cajón, es decir frente a la placa de señalamiento vertical, la cual deberá estar a una altura libre de 1.70 desde el nivel del pavimento al borde inferior, diferenciándose de la norma versión 2011 que indicaba la referencia al centro de la placa.


Cajones de estacionamiento con sistema de carga de vehículos eléctricos
Sin duda alguna los vehículos eléctricos serán cada vez más comunes, por ello, en esta versión 2024 de las Normas Técnicas para el Proyecto Arquitectónico se han incorporado las medidas mínimas para estos cajones, que son 2.40m X5.00m pintados en color verde, más un área de 0.60m de circulación peatonal lateral para facilitar el uso de la estación de recarga. También deberán contar un letrero provisto de manera vertical con tamaño mínimo de 0.45m X 0.45m, colocado a una altura de 2.50m medida desde el pavimento al centro de la placa.

Cajones para motocicletas
No se permite que invadan las áreas de circulación peatonal. Deberán tener un largo de 2.20m X un ancho mínimo de 1.20m en cordón y 1.50m si se colocan en batería. El señalamiento medirá 0.20m X 0.30m
Estacionamiento para bicicletas

Será obligatorio que todas las nuevas construcciones dentro de la Ciudad de México cuenten con área de estacionamiento para vehículos no motorizados (bicicletas), cuya cantidad de cajones estará en función de:
- Superficie total construida en m²
- Tipo de ocupación del inmueble
- Zona donde se localice el edificio

Zonas para la aplicación de los requerimientos de cajones de estacionamiento para vehículos no motorizados
Zona A. Se debe cumplir con el 100% de los cajones. Prácticamente es toda la parte urbanizada, teniendo como límite, en lo general, todo el anillo periférico y la Alcaldía Iztapalapa al oriente.
Zona B. Se permite al menos el 25% de los cajones. Comprende las alcaldías circundantes al poniente, sur y sur-oriente.
En la siguiente liga podrás encontrar las zonas para los requerimientos de estacionamiento de vehículos no motorizados (bicicletas).
Ejemplo Zona A
Un comercio localizado en la Alcaldía Cuauhtémoc, con una superficie total construida de 2,500m² necesitará 1 cajón por cada 1,000m² para residentes más 1 cajón por cada 250m² para personas visitantes; esto es:
2,500m²/1000m²= 2.50 cajones para residentes
+
2,500m²/250m²= 10 cajones para visitantes
2.50+10= 12.50*; es decir 13 cajones
*El porcentaje 0.50 o mayor se redondea al entero inmediato superior
Dado que la Alcaldía Cuauhtémoc se localiza en la denominada “Zona A para la aplicación de los requerimientos de cajones de estacionamiento para bicicletas”, es necesario que cumplan con el 100% del resultado.
Ahora bien, si el mismo comercio se encontrará en la Zona B, donde se permite un 25% del total, se tendría que 12.5 cajones X 25%= 3.125, dejando al entero inferior;.. es decir, con 3 cajones se cumple la normatividad.
Capítulo II. Habitabilidad, accesibilidad y funcionamiento
En este apartado ahora se hace explícito lo que cualquier persona proyectista debería de contemplar en el diseño de un inmueble: la distribución del mobiliario y las respectivas áreas de uso y de circulación.
Todas las dimensiones mínimas que deben tener los diferentes inmuebles se han reorganizado y complementado en tres categorías principales:
- Habitabilidad
- Accesibilidad
- Funcionamiento
Habitabilidad
En lo general las dimensiones mínimas de los locales en las diferentes edificaciones se conservan; sin embargo, destacan las de uso habitacional, ya sea tipo unifamiliar o plurifamiliar, pues de contemplar 10 locales en las normas de 2011 pasan a 17 en la versión 2024.

Respecto a las circulaciones horizontales y verticales se han mejorado con mayores especificaciones técnicas, indicando las características físicas y sus respectivas medidas:
- Superficies en pisos
- Puertas
- Rampas
- Escaleras
- Elevadores
- Plataformas de elevación de personas
- Salva-escaleras
- Escaleras eléctricas
- Rampas eléctricas y aceras móviles
- Pasamanos
- Barandales



Accesibilidad
Las normas de 2011 se enfocaban en las personas con sillas de ruedas e invidentes; sin embargo, en el contexto actual el diseño de un proyecto arquitectónico debe considerar las diversas condiciones de accesibilidad a personas con discapacidades físicas, sensoriales y motrices; además de la tercera edad y mujeres en periodo de gestación. De este modo, los locales deben contemplar las dimensiones adecuadas para que, además de las sillas de ruedas mecánicas, puedan acceder sillas de ruedas motorizadas, personas asistidas por alguien que les acompañe, así como perros de asistencia, bastones, muletas o andaderas de acuerdo con las diferentes medidas antropométricas.



Dentro de este capítulo, también se han mejorado las características con que deben contar las diferentes circulaciones, tales como rampas, escaleras, elevadores, puertas, salva-escaleras. Se incluyen, además, los requisitos para considerarse accesibles:
- Áreas de comensales
- Áreas en espectáculos
- Cocinetas
- Habitaciones
- Módulos de atención
- Salas de espera
- Máquinas interactivas, (por ejemplo, cajeros automáticos)
- Vestidores y probadores
- Áreas de descanso
Finalmente, se señalan los aspectos mínimos de accesorios y mobiliario para poder ser considerados como accesibles, agrupándolos en:
- Barras de apoyo y transferencia
- Manijas y jaladeras
- Accionamiento (apagadores, contactos, botones)
- Apoyos isquiáticos
- Cambiador para personas adultas
Respecto a la señalización, los requerimientos mínimos se organizan de la siguiente manera:
- Símbolo Internacional de Accesibilidad
- Señalización visual
- Rutas con pavimento táctil
- Señalización tacto-visual
- Señalización audible
Capítulo III. Higiene, servicios y acondicionamiento ambiental
Muebles sanitarios y mesas
Además del número mínimo de muebles sanitarios, las Normas Técnicas Complementarias para el Proyecto Arquitectónico 2024 ahondan más respecto a las características que deben tener los sanitarios según su tipo, ya sea individuales, públicos o familiares, desde las medidas del local, hasta las del mobiliario y equipamiento. Destaca también la incorporación de lactarios y dispensadores de agua potable.
También se han contemplado los vestidores y probadores en instalaciones deportivas.



Este obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-CompartirIgual 4.0 Internacional.

Debe estar conectado para enviar un comentario.